Santo Domingo.– El presidente Luis Abinader promulgó este miércoles la Ley 25-26, que crea y regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana, denominada oficialmente como “Alertas RD”.
La legislación establece un régimen jurídico destinado a garantizar una respuesta rápida, coordinada y efectiva ante casos de desaparición de personas, fortaleciendo la protección de los derechos fundamentales y la seguridad ciudadana.
El nuevo sistema tiene como objetivo difundir de manera inmediata y masiva información relevante sobre personas desaparecidas, integrando los esfuerzos de las instituciones estatales, los medios de comunicación y la sociedad civil.
La ley dispone que la Policía Nacional y el Ministerio Público deberán activar de forma conjunta el sistema de alertas en un plazo no mayor de 24 horas luego de recibida la denuncia, la cual podrá realizarse de manera presencial o telefónica.
Asimismo, establece una clasificación especializada de las alertas de acuerdo con el perfil de la persona desaparecida. La Alerta Amber estará destinada a casos de desaparición o sustracción de niños, niñas y adolescentes; la Alerta Silver para adultos mayores de 65 años; la Alerta Azul para personas con discapacidad física o mental; y la Alerta Rosa para mujeres desaparecidas en contextos de violencia de género o trata de personas.
Las alertas tendrán una vigencia inicial de cinco días calendario, con posibilidad de ser prorrogadas cuando las circunstancias así lo requieran. Su difusión se realizará a través de medios de comunicación, redes sociales, plataformas digitales, terminales de transporte y boletines oficiales.
La normativa también crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada administrada por la Policía Nacional, que permitirá la consulta interinstitucional y la difusión pública de información relevante para las labores de búsqueda, respetando los principios de privacidad y protección de datos personales.
Para garantizar la correcta implementación del sistema, la ley crea el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía, e integrado por diversas instituciones vinculadas a la seguridad, la justicia, la salud y la protección social.
Además, el marco legal contempla sanciones para aquellos servidores públicos que incumplan los protocolos establecidos o dificulten los procesos de búsqueda, conforme a las disposiciones de la Ley 41-08 de Función Pública y otras normativas aplicables.
Con la promulgación de la Ley 25-26, el Gobierno dominicano fortalece los mecanismos de protección ciudadana y reafirma su compromiso con la búsqueda oportuna de personas desaparecidas, la coordinación interinstitucional y la garantía de los derechos humanos.









