Los servidores públicos excluidos del Sistema de Reparto solicitan al CNSS que considere modificar la resolución 579-02

El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep) ha recibido con agrado la decisión tomada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) el pasado 4 de abril.

Esta decisión implica remitir a la Comisión Permanente de Pensiones (CPP) la solicitud reciente de modificación o exclusión del párrafo III del artículo 12 de la resolución 579-02 del 16 de noviembre de 2023. Dicho párrafo excluye a numerosos empleados del Estado del derecho a obtener una pensión por el Sistema de Reparto Estatal por haber retirado parte de sus ahorros de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

La entidad explicó que la reciente resolución número 587-05 emitida por el CNSS solicita a la Comisión Permanente de Pensiones que revise y analice la decisión de excluir del Sistema de Reparto a los servidores públicos que hayan retirado una parte o la totalidad de sus ahorros de las AFP. Además, establece que dicha Comisión deberá presentar su informe al Consejo Nacional de Seguridad Social.

En una comunicación fechada el 25 de marzo de 2024, el Mopesep solicitó al CNSS que se modifique el enunciado del párrafo III, del artículo 12 de la resolución 579-02, el cual establece la exclusión de las personas que reciben una pensión por retiro programado, renta vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley No. 87-01 que Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Los servidores públicos afectados por esta disposición, muchos de los cuales han dedicado 20, 25 e incluso más de 30 años de servicio en la administración pública, incluyendo periodistas y otros profesionales, consideran que esta medida constituye una nueva injusticia que vulnera los derechos de los trabajadores del Estado.

El Mopesep respalda la solicitud dirigida al CNSS, argumentando que el párrafo en cuestión introduce una disposición que contradice lo establecido en la Constitución y las leyes 379-81, 87-01 y 41-08, las cuales garantizan el derecho de permanecer en el Sistema de Reparto. Se hace referencia a la resolución número 572-07 del CNSS, emitida el 6 de julio de 2023, la cual restableció el derecho a pensión de los servidores públicos amparados por la Ley 379-81 desde las AFP al Sistema de Reparto Estatal, rectificando un error que había persistido durante casi dos décadas.

Los servidores públicos consideran que es un “verdadero abuso” por parte del CNSS negarles nuevamente su derecho a la pensión por el Sistema de Reparto, especialmente después de haber aceptado prestaciones ofrecidas por las AFP durante años, mientras se les negaba este derecho.

“Esta disposición es irresponsable, ya que el CNSS intenta trasladar a los servidores públicos la responsabilidad de haber aceptado prestaciones como la pensión por retiro programado, renta vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley No. 87-01”, señalaron.

Afirmaron que ningún servidor público habría aceptado las alternativas ofrecidas por el Sistema de Capitalización Individual si hubieran tenido acceso a la pensión a la que tienen derecho por el Sistema de Reparto Estatal, la cual puede representar entre un 60 %, 70 % y 80 % del salario promedio de los últimos tres años.

Mopesep sostiene que el CNSS no puede cometer el mismo error que los llevó a conculcar durante casi 20 años el derecho de los servidores públicos que tenían hasta 44 años de edad al inicio del actual sistema de pensiones. Debe prestar la debida atención para modificar lo dispuesto en la resolución 579-02, asegurando que no contradiga lo estipulado en la resolución 572-07, que reconoce el derecho y ordena la elaboración del Manual de Procedimientos de la Comisión Evaluadora de Traspasos, lo cual no se ha cumplido.

“Es fundamental que el CNSS comprenda que, al privar a los servidores públicos de su única fuente de ingresos, que era la pensión estatal a la que tenían derecho, y ante la necesidad de cubrir sus gastos básicos para sobrevivir, muchos optaron por aceptar alguna de las opciones ofrecidas por las AFP, incluso a pesar de sus limitaciones”, concluyen.