Justicia intergeneracional e intertemporal: ¿Qué nos debemos unos a otros?

Las generaciones futuras o no han llegado a existir, o son demasiado jóvenes para acceder a los plenos derechos de un ciudadano democrático. Para algunos, esto oculta un “imperativo moral de dar voz a los que no la tienen”, razón por la que sociólogos, bioeticistas y filósofos se esfuerzan en discernir la existencia humana, la naturaleza y el alcance de cualquier deber moral que se deba a las generaciones futuras, llegando a la convicción de que la justicia global no debe ser solo intrageneracional (generaciones actuales) sino también intergeneracional (generaciones futuras).

Sin embargo, otros se resisten a dar consideraciones éticas a cosas inespecíficas e inexistentes, haciendo que las consecuencias futuras de nuestras acciones no sean seguras. De hecho, las generaciones futuras no han hecho nada que justifique nuestra consideración, por lo que ese “imperativo moral” debe provenir de algún valor intrínseco que se le otorgue a la vida humana, como veremos a continuación.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) afirma que la población mundial aumentará en casi 2,000 millones de personas en las próximas tres décadas. Esto le da un peso particular al concepto de justicia intergeneracional, que consiste en el estudio del estatus moral y político de las relaciones entre las personas presentes y pasadas o futuras, más específicamente, de los deberes y derechos que pueden generar potencialmente, reflejados en el panorama cultural actual que promueven los derechos humanos, la bioética personalista y la filosofía.

La bioética personalista —que toma la realidad de la persona humana como punto de referencia moral— mantiene el primado y la intangibilidad de la vida humana. Este valor supremo crea todos los demás valores y principios, como el “principio de libertad y responsabilidad” —esto es la libertad, entendida junto a la responsabilidad de nuestras acciones ante nosotros mismos y ante los demás — y el “principio de sociabilidad y subsidiariedad” —principio que mueve a todas las personas a realizarse a sí mismas en la participación en la realización de sus semejantes— sin pretender sustituir en su realización concreta el juicio moral imprescindible de la persona.

Partiendo de la interpretación de estos dos principios de la bioética personalista y del conjunto de los derechos humanos de tercera generación —derechos que apelan a una ética intergeneracional en un contexto civilizatorio tecnocientífico— como también del “principio de afectación a la persona” del filósofo británico Derek Parfity —principio que señala que es moralmente incorrecto que una persona dañe o interfiera con otra, por tanto, le corresponde a la sociedad proteger a los individuos presentes y futuros de tales transgresiones— podemos llegar a la interpretación de la noción umbral de “daño” para argumentar que las generaciones actuales tienen un deber moral para con sus herederos, y que las amenazas existenciales para las personas presentes y futuras, como el cambio climático, deben abordarse a través de un enfoque pragmático y sociológico de la justicia distributiva, fomentando una reinterpretación de la justicia, como justicia intertemporal.

Si todos deben ser tratados con respeto y dignidad, sin importar cuándo hayan nacido, no debemos tomar decisiones que causen daño a las personas futuras. Esta posición deontológica se fortalece al considerar una adaptación del clásico experimento mental del filósofo australiano Peter Singer: “Si es tan importante para un adulto en Nepal que ve a un niño ahogarse salvarlo como para usted salvar a un niño que se está ahogando frente a usted, entonces la distancia espacial debe ser irrelevante para la responsabilidad moral de prevenir daños”. Por extensión, ¿por qué la distancia temporal debería ser diferente? Las tensiones en torno a la personalidad de los no nacidos no deberían impedir que las personas actuales se abstengan de realizar actos que dañarán los intereses de las personas futuras, independientemente de que realmente lleguen a existir o no.

Si se critica una política porque se prevé que empeore los niveles de vida futuros, se podría decir que todas las acciones tienen alguna consecuencia para la vida de las personas futuras. Si el acto da lugar a que ciertas personas no existan, no se puede decir realmente que hayan sido “perjudicadas” por la política, porque nunca se convirtieron en personas. Definir “daño” a través de la noción de umbral reduce este problema. No requiere que las personas estén en un momento dado peor de lo que estarían si no se hubiera cometido un acto dañino, sólo que estén peor de lo que deberían estar. Los individuos resultan perjudicados si llegan a existir en un estado por debajo del umbral. Esto extiende la noción de responsabilidad moral y derechos intrínsecos a lo largo del tiempo, de modo que “ningún niño debería tener peores resultados que un estándar mínimo determinado en referencia a toda la sociedad”, tomando como dados requisitos básicos como comida, agua y refugio.

Centrándose en la política fiscal, el influyente economista estadounidense James Buchanan sugiere centrarse en la “justicia distributiva”, insistiendo en la necesidad de sopesar todas las reclamaciones y redistribuir los recursos de los “más ricos” a los “más pobres”, independientemente de cuándo esas personas puedan estar vivas. Por ejemplo, impuestos más altos para los ricos y más inversión en bienestar e infraestructura pública del futuro. El objetivo es alcanzar un nivel de bienestar “según el cual tanto las personas que viven actualmente como las que viven en el futuro sean capaces de alcanzar un umbral suficiente”.

La autoridad debe actuar subsidiariamente con respecto a los grupos sociales. Tener el deber de respetar el ámbito de autonomía de los grupos sociales y reconocer la dignidad de los demás en cuanto son personas —nacidas y no nacidas— es fuente y fin de la sociedad. Esto es el “principio de sociabilidad y subsidiaridad” y hace que la justicia sea una cuestión de equilibrio.

¿Cómo equilibramos nuestras obligaciones de no infligirnos daño a nosotros mismos y el objetivo de no infligir daño a los individuos futuros?
Los problemas que plantean amenazas existenciales para las personas presentes y futuras, como el cambio climático, tienen una primacía moral particular en términos de daños que deben evitarse. El Papa Francisco aseguró que el cambio climático es una cuestión de justicia intergeneracional y que la justicia, los derechos humanos, la equidad y la igualdad están fundamentalmente entrelazados con sus causas y efectos: “al aplicar un enfoque de justicia a la acción climática, podemos proporcionar respuestas holísticas, inclusivas y equitativas”.
La profesora irlandesa de sociología, Tracey Skillington adopta un enfoque sociológico más que filosófico, argumentando que “las necesidades del presente capitalista han tenido prioridad sobre todas las demás preocupaciones”, y señala los insuficientes esfuerzos realizados para prevenir el daño ambiental. Si toda la atención se centra en las preocupaciones presentes, la justicia no se distribuirá equitativamente en el futuro. Skillington ve esto como un defecto en la actual infraestructura política democrático-liberal.

El “largoplacismo” del filósofo escocés William MacAskill anima a una mirada más amplia, pidiendo a los políticos que vean más allá de la realidad a corto plazo de una economía del carbono hacia los derechos colectivos universales e inalienables. Este enfoque “intertemporal” de la justicia y el papel de las instituciones reconoce que la humanidad está ligada no solo a la biología, sino también a “los recursos ecológicos compartidos y a un proyecto cosmopolita común”. A través de la cooperación nacional e internacional, las generaciones actuales pueden minimizar el daño mediante la creación de un Estado umbral que satisfaga el derecho a un medio ambiente seguro y distribuya equitativamente la justicia entre la economía presente y la longevidad futura.

La bioética, la filosofía, la sociología, el derecho, el cristianismo y todas aquellas corrientes que abogan por el concepto de equidad o igualdad de derechos entre generaciones de niños, jóvenes, adultos y sobrevivientes y también entre generaciones presentes, pasadas y futuras convergen en que “el futuro necesita ser habilitado para las generaciones presentes y venideras”.
La noción de que las generaciones futuras pueden sufrir daños a manos de las políticas actuales crea una obligación moral de evitar actos que resulten de un estado por debajo del umbral. Este estado está determinado por referencia a la sociedad en su conjunto, pero como mínimo se puede esperar que incluya necesidades básicas como un medio ambiente limpio. Las instituciones democráticas deben ajustar su mirada a la hora de formular políticas, reconociendo las implicaciones a largo plazo y entendiendo la justicia como un concepto que existe a través del tiempo y entre ellos.

Interpretando al escritor francés Antoine de Saint-Exupéry: “En cuanto al futuro, nuestra tarea no es predecirlo, sino hacerlo posible para todos”.