La Junta Central Electoral (JCE) fija 19 plazos en su calendario para las elecciones de mayo.
La Junta Central Electoral (JCE) ha establecido un detallado cronograma de trabajo con 19 plazos para las elecciones congresuales y presidenciales de mayo. Este calendario abarca una serie de actividades cruciales antes, durante y después de los comicios.
En abril, destacan fechas límite como el anuncio de los locales de votación y el cumplimiento de la cuota de género por parte de los partidos.
La agenda electoral marca importantes hitos que marcan el camino hacia las elecciones. El día 4 se estableció como fecha límite para la divulgación de los locales donde operarán los colegios electorales, una información crucial para garantizar un proceso electoral fluido y accesible para todos los ciudadanos.
Otro punto relevante es el vencimiento del plazo otorgado a los partidos políticos que no cumplieron con la cuota de género. Este plazo, que culmina el viernes 5 a las 5:00 de la tarde, es una oportunidad para que los partidos se ajusten a las disposiciones legales y promuevan la igualdad de género en la participación política, un aspecto fundamental para la democracia inclusiva y representativa.
En lo que resta de este mes de abril, se acercan dos fechas límite cruciales en el calendario electoral. El día 19 marca el plazo para la creación, traslado o fusión de colegios electorales, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 20-23 de Régimen Electoral, establecido con 30 días de antelación a las elecciones.
Aunque el 19 es la fecha límite para la selección de locales de colegios electorales, la Junta Central Electoral especifica las direcciones de estos lugares al anunciarlos.
En mayo, la JCE tiene hasta el día 4 para designar a los funcionarios de los colegios electorales y para la publicación facsímil de las boletas en los medios de difusión, cumpliendo con el artículo 101, párrafo III, de la Ley 20-23.
El día 11 es el límite para la entrega de credenciales a los funcionarios de los colegios electorales, y también el plazo para que los partidos y otras entidades publiquen encuestas o sondeos.
La entrega de materiales electorales a las juntas electorales debe hacerse 5 días antes de las elecciones, es decir, el día 14, y el día 15 será el momento de retirar los materiales electorales a cargo de los presidentes y secretarios de los colegios electorales.
Por otro lado, el proselitismo político, las manifestaciones y las reuniones de carácter político estarán prohibidas a partir del jueves 16 a las 12:00 de la medianoche, según lo establecido en el artículo 165 de la Ley 20-23 sobre campañas y propaganda electoral.
El viernes 17 es el último día permitido para la campaña electoral, incluyendo en los medios de comunicación, hasta las 12 de la medianoche. También es el plazo para que los presidentes y secretarios de colegios electorales recojan los materiales a utilizar en las votaciones.
El 18 es la fecha límite para el cese del expendio de bebidas alcohólicas, de acuerdo con la ley que establece que este comercio debe detenerse 24 horas antes de las elecciones.
Después de las elecciones del día 19, aún quedan otras fechas límites importantes: el 21 para el término del cómputo electoral, el 22 para la presentación de anulaciones, el 24 para conocer las impugnaciones y el 25 para dar a conocer el fallo de las impugnaciones. Finalmente, el 27 de mayo es la fecha límite para presentar apelaciones sobre las decisiones de las juntas electorales ante el Tribunal Superior Electoral (TSE).