Una noticia que, lamentablemente, ha pasado sin mucho entusiasmo en la población es el ensamblaje en el país de los aviones Duluc por parte de la Fuerza Aérea Dominicana. Digo lamentablemente, porque es un gran esfuerzo del gobierno del presidente Abinader, y los pininos de lo que podríamos soñar como una posibilidad de un desarrollo industrial en el país, en el sentido de que, ya otros gobiernos se han acercado interesados en el aparato, imagínense poder suplir demandas a gran escala, esto podría convertirse en una experiencia que incluya la fabricación de aviones para uso privado y de otros usos.
Otro esfuerzo que se anunció, casi al mismo tiempo, fue el ensamblaje de vehículos tipo ambulancia por parte del ejército nacional, aquí sí es verdad que mostramos mucho más interes, aunque no especificaron la marca de los vehículos, en las fílmicas que pasaron con los modelos a ensamblar pudimos ver que dichas ambulancias eran de las Toyota Land Cruiser serie 70, que son vehículos mas que reconocidos por su fortaleza y fiabilidad (este era el modelo de las primeras ambulancias compradas por el 911), pero lo interesante de este modelo es que es la misma base para la fabricación de camionetas y Jeeps, es decir, que con poco apuro, y fácilmente, el ejercito puede iniciar el ensamblaje de vehículos para la demanda del mismo gobierno dominicano, y quien quita que se pueda vender a particulares e iniciar una verdadera industria automotriz.
Yo estoy casi seguro de que al presidente le gustaría ver surgir de una iniciativa de su gobierno este tipo de industria. Pero, como siempre hay un, pero, y para este caso, el obstáculo para el surgir de una industria automotriz en nuestro país esta dado en el decreto 420-23,que diseñó la Dirección General de Impuestos Internos, que se refiere al registro de vehículos, específicamente en el capítulo II, párrafo IV, que dice:
Párrafo IV. En el caso de vehículos de motor y remolques fabricados y ensamblados únicamente en el país, y que no constituye una modificación de un vehículo importado, deben haber pagado los impuestos correspondientes a la importación del chasis como si se tratase del vehículo mismo, en cumplimiento de lo establecido en la Regla General Interpretativa 2 a) del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Esto significa que, cualquier vehículo fabricado o ensamblado en el país debe pagar los impuestos de aduanas en su totalidad como si fuera un vehículo importado, pero ¿a quien se le ocurrió esta genialidad? no me respondan que yo se. Lo cierto es que las ambulancias que el ejercito ensamble para poder asignarles placa, si son oficiales, deberá solicitarse la exoneración de dicha unidad al Ministerio de Hacienda, aunque usted no lo crea.








