Carlos Pimentel renuncia de la DGAPP y seguirá en Contrataciones Públicas

SANTO DOMINGO.- Tras fuertes críticas de distintos sectores de la sociedad, Carlos Pimentel decidió renunciar a su designación como titular de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas (DGAPP) y continuar como director general de Contrataciones Públicas.

La decisión del funcionario está contenida en una comunicación enviada ayer domingo al presidente de la República, Luis Abinader.

Pimentel fue designado la semana pasada por Abinader mediante el decreto no. 614-24, el cual indicaba que estas nuevas funciones se suman a las que ya ejerce en Contrataciones Públicas, cargo que en lo adelante desempeñaría de manera honorífica.

Pero, este nombramiento era violatorio a la Constitución dominicana y la Ley 47-20 que crea la DGAPP

El artículo 144 de la Carta Magnaestablece que  “ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia.”

En tanto que el artículo 19 de la citada ley establece que el director general de la entidad deberá cumplir con varios requisitos, entre los que “no desempeñar ningún cargo o empleo de cualquier naturaleza con excepción de la actividad docente”.

Estas contradicciones con la las normativas generaron una lluvia de críticas hacia Pimentel, quien el pasado viernes, a través de un audiovisual, defendió su designación argumentando que, conforme al artículo 144 de la Constitución Dominicana, es legal que un funcionario público ocupe dos cargos simultáneamente en la administración pública, siempre que solo uno sea remunerado.

En ese sentido, aseguró que como director de Contrataciones Públicas y del Consejo de Alianza Público-Privada, toda decisión que pudiera generar un conflicto de interés, optará por la inhibición o la delegación.

A pocas horas de sus declaraciones, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, reveló que 20 días antes de la emisión del decreto advirtió sobre posibles conflictos de intereses que pudiera generar ese movimiento.

Aunque Peralta señaló que la doble función podría ser viable legalmente, también alertó sobre implicaciones que podrían ir en contra de la Ley 47-20 de Alianzas Público-Privadas.