La norma incorpora reglas sobre identidad digital, violencia económica, estafas, discriminación y responsabilidad de las personas jurídicas
República Dominicana cuenta desde agosto con un nuevo Código Penal que incorpora nuevas conductas sancionables y amplía las reglas aplicables a situaciones que van desde la violencia dentro del hogar y el acoso digital hasta las estafas, la corrupción y la responsabilidad de las empresas.
Una de las novedades está relacionada con el entorno digital. La guía sobre el nuevo Código Penal incluye el robo de identidad, el acoso digital y la difusión de publicaciones inventadas para afectar a una persona. También contempla la difusión de fotos, videos o audios privados sin autorización y la creación o modificación de contenido falso para engañar o causar daño, incluidos montajes o “deepfakes”.
La protección también se extiende a situaciones de violencia dentro del hogar. La norma contempla la violencia doméstica o intrafamiliar y distingue conductas como la violencia psicológica o verbal, la violencia económica y la violencia patrimonial. Entre estas últimas se encuentran el control del dinero de otra persona o la destrucción, ocultamiento o sustracción de bienes para afectarla.
El nuevo marco incorpora además órdenes de protección como una medida judicial para proteger a una persona en riesgo, con posibilidades como prohibir el acercamiento o el contacto con la víctima.
Otro grupo de cambios se refiere a niños, adolescentes y personas vulnerables. La guía identifica como conductas sancionables el abandono de menores, el abandono de adultos mayores, el hostigamiento, el “bullying” escolar y el acoso u hostigamiento cibernético.
En materia de protección de la dignidad y la vida privada, se incluyen figuras como la difamación extorsiva y la amenaza de difamación para obtener un beneficio. También se aborda la utilización de contenido privado sin permiso y de material falso o alterado para dañar a una persona.
Más atención a las estafas
El nuevo Código Penal también contempla distintas modalidades de fraude vinculadas con el dinero y los negocios. Entre ellas figuran la estafa inmobiliaria, la estafa piramidal y la estafa colectiva.
La primera comprende situaciones en las que se vende, alquila o promete un inmueble mediante engaño. La estafa piramidal se refiere a esquemas en los que se prometen ganancias utilizando el dinero aportado por nuevas personas. La estafa colectiva contempla engaños que afectan simultáneamente a un grupo de personas.
La propiedad también recibe nuevas categorías específicas. La guía incluye el robo de metales, el robo de celulares y dispositivos electrónicos, el robo de piezas de vehículos y la invasión de propiedad, además del robo en términos generales.
Empresas también pueden responder
Una de las novedades con mayor impacto para el sector empresarial es el tratamiento de la responsabilidad de las personas jurídicas. El nuevo Código Penal contempla que una empresa pueda responder por delitos cometidos en su interés.
La responsabilidad puede relacionarse con el beneficio obtenido por la organización y con la falta de control frente a determinadas conductas. La guía señala que no vigilar, permitir o encubrir comportamientos delictivos puede tener consecuencias para la entidad.
Además de las personas involucradas, la empresa puede enfrentar sanciones y restricciones por incumplimientos graves.
Esta disposición introduce una diferencia relevante frente a una visión centrada únicamente en la responsabilidad individual: cuando una conducta delictiva beneficia a una organización, la entidad también puede quedar bajo el alcance de la respuesta penal.
Corrupción y abuso del poder
El nuevo Código Penal contempla distintas formas de corrupción y abuso del poder. Entre ellas figuran el soborno, el desvío de fondos públicos, el tráfico de influencias, los contratos amañados y el enriquecimiento ilícito.
El soborno comprende pedir, ofrecer o recibir dinero o favores para realizar algo indebido. El tráfico de influencias se relaciona con utilizar un cargo o contactos para obtener una ventaja indebida, mientras que los contratos amañados comprenden prácticas destinadas a favorecer de manera irregular un negocio público.
También se contempla el enriquecimiento ilícito, relacionado con un aumento patrimonial que no pueda ser explicado por los ingresos de una persona.
Nuevas reglas sobre igualdad y discriminación
La guía también incorpora conductas relacionadas con la discriminación. Entre ellas se encuentran negar un bien o servicio por prejuicio, obstaculizar una actividad económica, negarse a contratar o imponer sanciones injustamente por una condición protegida.
Esto amplía el alcance de las situaciones que pueden tener consecuencias penales cuando una persona es excluida de un servicio, una actividad económica o una relación laboral por motivos discriminatorios.
Acumulación de penas
Otra regla relevante es el cúmulo de penas. Cuando una persona comete varios delitos, las sanciones pueden acumularse, de manera que cada hecho pueda ser considerado por separado.
La guía señala que, en determinados casos de extrema gravedad, la acumulación puede llevar las penas hasta 60 años. El máximo se relaciona con varios hechos gravísimos acumulados y no con un solo delito menor.
El nuevo Código Penal, por tanto, incorpora cambios que abarcan tanto conductas asociadas con la vida cotidiana como reglas con incidencia en las empresas, la actividad económica, el entorno digital y la administración pública.
La propia guía plantea que el nuevo marco busca hacer más comprensibles las conductas que pueden tener consecuencias penales, aunque advierte que para casos concretos siguen siendo necesarias la consulta de la ley y la orientación profesional.








