Entra en vigor el nuevo Código Penal. ¿Y ahora qué?

Siglo y medio después de que entrase en vigor el hasta ayer Código Penal, la República Dominicana inicia, formalmente, una nueva etapa social y jurídica. Luego de muchos años de debate, de proyectos que perimían, piezas que eran aprobadas y luego observadas por el Poder Ejecutivo, hasta el intento fallido y declarado no conforme a la Constitución y en el caso actual un debate serio sobre la entrada en vigencia, todos esos debates quedan atrás, con los muchos desaciertos que contiene la Ley 74-25 (modificada por la Ley 44-26), ya no se trata de si nos gusta o no, sino cómo aplicarlo y hacerlo respetando la Constitución.

No se trata de un Código Penal que agrega nuevos delitos, sino de un cambio mucho más significativo que anuncia la forma en que el Estado entiende la criminalidad contemporánea, junto al nuevo catálogo de delitos, resaltamos una nueva concepción y esquema para la parte general, la responsabilidad penal de las personas jurídicas (única parte de la pieza que entrará en vigencia de forma diferida), un aumento considerable de las penas (el que no nos cansaremos de repetir que es desacertado y populista), un nuevo estatuto de respecto a los delitos relacionados con la corrupción, etc.

El Código Penal representa serios desafíos, el primero la socialización de la norma, que debió iniciar hace un año y que, como prueba de su incumplimiento, será abordada a partir de ahora por una Comisión designada por el Poder Ejecutivo (si socializamos una norma que se aplicará desde ya y que autoriza la coacción por parte del Estado), el ciudadano debe conocer qué conductas están prohibidas, el derecho penal no puede cimentarse en la incertidumbre.

Otro desafío lo representa la capacitación, ¿están listos los jueces, fiscales, defensores públicos, abogados?, paradójicamente cuanto se echa de menos la Comisión Nacional de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia. Junto a la capacitación y socialización, toca que se asuma el reto de interpretar las disposiciones del Código Penal conforme a la Constitución, fundamentales los principios de proporcionalidad, favorabilidad, legalidad y la función de resocialización serán vitales a la hora de aplicar la norma.

Como último desafío nos toca evitar los extremos, alejarnos de la impunidad pero también de la sobrecriminalización, no todas las conductas son delito, el derecho penal debe seguir respondiendo a la última ratio. Entender que imponer 60 años de prisión no va a reducir la criminalidad y que un enfoque educativo y preventivo siempre arrojará mejores resultados.

El éxito de la Ley 74-25 no depende de la cantidad de artículos, delitos o el incremento de las penas, dependerá de que se aplique prudentemente y respetando la Constitución, parte del debate legislativo terminó (parte porque todavía quedan muchos “errores” por “corregir”), ahora es momento de que se intensifique el debate constitucional, no sólo por las acciones pendientes en el Tribunal Constitucional, sino por el control constitucional que todos los tribunales deben ejercer.