Santo Domingo.– La Junta Central Electoral aprobó un nuevo reglamento que establece controles más estrictos para las firmas encuestadoras y endurece las sanciones por la publicación de encuestas electorales fuera de los plazos legales establecidos.
La disposición, publicada pon el órgano electoral, regula el procedimiento para el registro y habilitación de empresas encuestadoras, así como las condiciones bajo las cuales podrán realizar y difundir estudios de opinión vinculados a procesos electorales.
Uno de los puntos más contundentes del reglamento establece que queda prohibida la publicación o difusión de encuestas con fines electorales antes del inicio oficial de la precampaña, la cual, según la Ley 33-18, comienza el primer domingo de julio del año anterior a las elecciones.
La JCE advirtió que las firmas encuestadoras que violen esta disposición podrán enfrentar suspensión temporal de su registro por hasta un año, cancelación definitiva en caso de reincidencia y otras sanciones administrativas contempladas en la legislación electoral.
Asimismo, el reglamento establece que únicamente las firmas previamente registradas y habilitadas por la Junta Central Electoral podrán realizar encuestas en materia electoral. Para ello deberán depositar documentos corporativos, nómina de accionistas, currículos de técnicos, composición administrativa y demás requisitos exigidos por la Ley 20-23 del Régimen Electoral.
La normativa también obliga a que toda encuesta publicada incluya información técnica detallada como margen de error, tamaño de la muestra, metodología utilizada, nivel de confianza, texto íntegro de las preguntas y el número de registro otorgado por la JCE.
En el caso de las encuestas a boca de urna o “exit poll”, la JCE dispuso que deberán ser notificadas al organismo al menos ocho días antes de las elecciones y sus resultados no podrán publicarse hasta varias horas después del cierre de las votaciones.
El organismo electoral argumentó que estas medidas buscan garantizar la equidad, transparencia y libre competencia durante los procesos electorales, evitando ventajas indebidas derivadas de promociones políticas anticipadas disfrazadas de estudios de opinión.









