Este será el protocolo de la juramentación del presidente en el Teatro Nacional

El traslado al Teatro Nacional Eduardo Brito de la juramentación, para un segundo mandato, del presidente Luis Abinader y la vicepresidenta Raquel Peña, conlleva más de una novedad. El número de invitados será mayor y el cambio de lugar podría dar pie a cuestionamientos sobre la legitimidad de la ceremonia.

Al acto, que históricamente se ha celebrado en el Salón de la Asamblea Nacional con las autoridades locales y extranjeras, podrán asistir convidados de los legisladores que se juramentan ese día.

Así lo informó el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, quien explicó que los nuevos diputados y senadores podrán llevar a un invitado cada uno.

El Salón de la asamblea tiene capacidad para 645 personas, mientras que la sala Carlos Piantini puede albergar a 1,585, más del doble.

Cada cámara juramentará por separado a los nuevos legisladores, que comenzarán su gestión el 16 de agosto, a las 8:00 de la mañana, en sus hemiciclos, luego, partirán al Teatro Nacional en varios autobuses.

El Poder Ejecutivo solicitó al Congreso trasladar al teatro este evento debido al número de invitados internacionales que asistirán. Los congresistas tienen previsto reunirse para discutir esta solicitud.

Controversia

Este cambio ha generado controversia debido a que el Reglamento para la Asamblea Nacional establece que “la Asamblea Nacional siempre celebrará su reunión en el Salón de la Asamblea, salvo causas de desastres naturales o fuerza mayor”.

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, considera que la fuerza mayor está justificada en esta ocasión.

“En este caso, tenemos una gran cantidad de gobernantes internacionales que vienen, vienen muchas delegaciones, entonces, el espacio resulta muy pequeño para reunirlos a todos ellos”


Ricardo de los Santos, presidente del Senado

El mismo reglamento define el concepto “fuerza mayor” como aquel “acontecimiento que no ha podido preverse o que, previsto, no ha podido evitarse”.

El abogado y dirigente del partido Fuerza del Pueblo, Rafael Paz, señaló que la excepción debe justificarse en un acto administrativo y que no es suficiente con una declaración.

“Primero tiene que haber una solicitud de opinión a los órganos jurídicos correspondientes de los órganos involucrados, en este caso las consultorías jurídicas de la Cámara de Diputados, el Senado y el Poder Ejecutivo, y tiene que haber un acto de la presidencia de la Asamblea Nacional justificando la convocatoria fuera de la sede natural”, argumentó.